el-pais -

Abogada de Martinelli presenta denuncia contra jueza Marquinez

 La Jueza Marquínez  transgredió el derecho vigente al realizar gestiones de notificación de audiencias y asignar defensor público dentro de un proceso que está  suspendido.

Redacción web

Una denuncia interpuso la abogada Shirley Castañeda contra la Jueza Tercera Liquidadora de Causas Penales del Tercer Circuito Judicial de Panamá, Baloisa Marquínez por infracciones de la Ley 53 de 27 de agosto 2015 y al código de ética judicial, en el ejercicio de sus funciones como jueza e ir en contra de sus deberes y por Incumplir, injustificadamente, las decisiones judiciales cuya ejecución tenía encomendada, en contra de Ricardo Martinelli Berrocal. 

 

También puedes leer: ¡Será mamá de dos! Karen Peralta regresó a la televisión embarazada

 

  La Jueza Marquínez  transgredió el derecho vigente al realizar gestiones de notificación de audiencias y asignar defensor público dentro de un proceso que está  suspendido en el cual la parte procesada no puede actuar porque la jueza suspendió el proceso, sin embargo, ésta, actúa dentro del proceso sin las limitaciones de la resolución judicial que ella misma dicto.     Baloisa Marquínez, mediante Auto Vario N°375 de 2 de agosto de 2022, en su parte resolutiva: levantó suspensión de la tramitación del proceso seguido a Ricardo Albert Martinelli Berrocal, sindicado por el delito contra el orden económico, ordenó la prosecución del negocio penal seguido al ex presidente y mantuvo como fecha para la celebración de audiencia preliminar alterna el día 12 al 30 de septiembre de dos mil veintidós (2022), se mantuvo la designación del Licenciado Ricardo Mazza Moreno, como defensor de oficio alterno de Ricardo Alberto.     El punto 1 de la parte resolutiva del Auto Vario N°375 de 2 de agosto de 2022, levanta la suspensión del proceso y al mismo tiempo el punto 3 dice mantener vigentes actuaciones procesales realizadas durante la vigencia de la suspensión del proceso.     Al generar estos actos procesales la jueza Marquínez, dejo en indefensión al señor al señor Ricardo Martinelli Berrocal, y a la merced de sus actuaciones; su apoderada judicial no tenía ningún mecanismo legal para accionar en un proceso que en teoría estaba suspendido, quebrantando los numerales 7, 8, 11, 13 del artículo 119 y el numeral 2 del artículo 191 de la ley 53 de 27 de agosto de 2015.    El documento solicita dar el trámite correspondiente a la denuncia, que se inicien las investigaciones necesarias para que sea declarada administrativamente responsable por incumplir injustificadamente las decisiones judiciales, se soliicta sea suspenda del cargo que ocupa y se impida que la jueza Baloisa Marquínez, conozca de cualquier caso de su representado durante el tiempo que duren las investigaciones administrativas.    Marquínez no debió ni podía haber fijado fecha de audiencia penal para una persona que mantiene vigente un fuero penal electoral del Tribunal Electoral, tampoco podía  designar un defensor de oficio teniendo en cuenta que en dicho expediente reposa poder de defensa técnica privada a favor del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, toda vez que estos actos son aquellos que tienen por efecto inmediato la constitución, el desenvolvimiento o la conclusión de un proceso de juzgamiento que no debía desarrollarse mientras estuviera vigente el fuero penal electoral y la suspensión del proceso pues estos actos atacan directamente la naturaleza de las figuras jurídicas del fuero penal electoral y la suspensión del proceso.  

 

También puedes leer: Citan a dueños de locales comeciales por denuncias de exceso de ruido en La Chorrera

  En su lugar, la jueza tenía la responsabilidad de ejecutar y hacer cumplir el auto vario 59 de 1 de febrero de 2021 (sic), expedido por ella misma que "ordena la suspensión de la tramitación de la presente causa únicamente en cuanto a Ricardo Martinelli, hasta tanto medie una autorización expresa por parte de las autoridades administrativas electorales.    La resolución del 22 de marzo de 2022, del Tribunal Electoral resolvió no autorizar el levantamiento del fuero penal electoral, hecho que mantiene la suspensión del proceso penal conforme a los artículos 266 y 267 del código electoral. Con el citado acto la jueza Marquínez, infringió el numeral 2 del artículo 191 de la ley 53 de 27 de agosto de 2015, constituyéndose esto en una falta grave en el ejercicio de su labor de juzgadora.

Etiquetas
Más Noticias

Fama El Gran Combo de Puerto Rico alerta sobre perfiles falsos de sus integrantes en las redes

Fama Demphra y Flex unen sus voces en el remix de 'Pa’ Curarme'

Panamá condena atentado contra el senador colombiano Miguel Uribe Turbay

Fama ¡Dijo de todo! Confesiones de Tatiana Durango durante un 'live'

El País Planta potabilizadora de Chilibre reduce su producción por incidencia eléctrica

Mundo Hieren a bala al aspirante presidencial colombiano de derecha Miguel Uribe Turbay

El País Migrantes deportados por EE.UU. a Panamá reciben extensión de permiso humanitario

El País Cae presunto cazador furtivo con escopeta en polígono protegido de Balboa Oeste

El País Aprehenden a 144 personas en las últimas 24 horas

Mundo El supuesto consumo de drogas de Elon Musk vuelve a salir a la luz en medio de su conflicto con Trump

El País Panamá registra 36 muertes por influenza en lo que va del 2025: 80% no estaban vacunados

El País IDAAN suspende operaciones en planta Rufina Alfaro por presencia de microorganismos

Fama Billy Joel intentó suicidarse dos veces en su juventud, según el documental de Tribeca

El País Violencia en Colón cobra su víctima número 44: asesinan a 'Papucho' en La Victoria

El País Panamá recibe nominación en los World MICE Awards 2025

El País Panamá mantiene manejo responsable en el abanderamiento de buques

El País Entidades gubernamentales toman acciones ante contaminación de ríos en Azuero

Fama ¡'Príncipe Amado'! Eddy Herrera lamenta la partida de Jimmy Dawson