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Defensa de Ricardo Martinelli cuestiona fallo de la Corte y evalúa acciones dentro y fuera del país

Martinelli, quien actualmente se encuentra asilado en Colombia, exige que se le respeten sus garantías fundamentales, amparo y el debido proceso

Colaboración de Vivian Jiménez/PA

La defensa del expresidente Ricardo Martinelli no descarta interponer otras acciones legales contra la sentencia del caso New Business luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través del edicto No. 560, determinara su constitucionalidad, transgrediendo el Principio de Especialidad con el que fue puesto a órdenes de las autoridades panameñas desde Estados Unidos. 

El abogado Ángel Álvarez, accionante en esta demanda, mencionó que no ha sido notificado sobre la misma ni se le ha dado copia del documento, por lo que es muy apresurado detallar las medidas que se tomarán al respecto, pero lo que sí es seguro es que su cliente hará lo necesario para que se le respeten sus derechos, incluyendo la presentación de nuevas demandas, solicitudes o denuncias tanto dentro como fuera del país. 

Señaló que tanto la juez como el fiscal del caso han reconocido que el exmandatario mantiene, a raíz de su extradición, el Principio de Especialidad, un recurso que sobreviene de acuerdos internacionales, por lo que es necesario analizar en qué supuestos se basó la Corte para determinar su vencimiento durante el litigio. 

Aunque Álvarez percibe “mucha pasión en favor de la decisión” de la Corte motivada principalmente por sectores adversos a Martinelli, espera que el tema sea abordado con objetividad y en estricto apego a la ley. 

“Como evidentemente estamos hablando de un actor político, va a haber pasiones y opiniones que no necesariamente están inspiradas por la lógica o una correcta interpretación de la ley”, dijo. 

Al consultarle al expresidente del Colegio Nacional de Abogados de Panamá, Juan Carlos Araúz, sobre la incidencia de esta decisión en el fallo del caso Odebrecht, indicó que, más allá del dictamen de la Corte, considera que todos los procesos que se siguieron simultáneamente con dos sistemas de enjuiciamiento penal son inconstitucionales, lo que da cabida a que el debate se eleve a instancias internacionales luego de que se agoten los recursos internos. 

Sin embargo, hay que recordar que todo proceso penal gira en torno a hechos concretos; por tanto, cada uno se atiende de manera diferente. 

Martinelli, según una nota emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIRE) el pasado 11 de julio de 2024, sigue amparado por el Principio de Especialidad; no han recibido ninguna solicitud por parte de la Fiscalía Primera Especializada contra el Crimen Organizado relacionada con el levantamiento de esta cualidad en el caso New Business. 

La entidad tampoco mantiene misivas con este mismo objetivo por parte de la Fiscalía Especializada Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación para el caso Odebrecht, ni el Tribunal de Justicia o el Órgano Judicial.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá es el único conducto competente, a quien le corresponde realizar los trámites para la excepción del Principio de Especialidad”, esboza el documento.

La extradición del expresidente fue concebida para tratar temas puntuales como los delitos contra la inviolabilidad del secreto, el derecho a la intimidad, agravios contra la administración pública y diferentes formas de peculado (sustracción, malversación y de uso). 

Pese a ello, la decisión de la Corte determinó que no son inconstitucionales la resolución de indagatoria No. 1 del 30 de junio de 2020, proferida por la Fiscalía Primera Especializada contra la Delincuencia Organizada, y la sentencia mixta No. 72 del 17 de julio de 2023 del Juzgado Segundo Liquidado de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Martinelli, quien actualmente se encuentra asilado en Colombia, desde donde exige que se le respeten sus garantías fundamentales, amparo y el debido proceso, fue condenado a 10 años y 8 meses de prisión y al pago de una multa de 19.2 millones de dólares por la presunta comisión de delitos contra la administración pública.   

 

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