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Defensoría exige en 24 horas explicaciones por muerte del menor de 15 años

La ley le indica que al conocer de un delito debe ponerlo en conocimiento del procurador general de la Nación.

REDACCIÓN Día A Día

Un plazo de 24 horas da la Defensoría del Pueblo a las autoridades del Ministerio de Salud y directores de los centros hospitalarios quienes negaron la atención médica al menor de 15 años que falleció aparentemente por dengue hemorrágico en el Hospital Dr. Rafael Estevez, distrito de Aguadulce, y manifiesta al procurador general de la Nación, la comisión de un delito.

 

En nota enviada al procurador general de la Nación, Javier Caraballo y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley No.7 de 5 de febrero, establece que cuando el titular de la Defensoría en el ejercicio de sus funciones tuviera conocimiento de hechos constitutivos de delito, deberá ponerlo en conocimiento del procurador general de la Nación.

 

 

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La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH), a través de una nota también pide al ministro de Salud un informe o detalle cronológico de la atención en todos los hospitales al menor quien en vida se llamó Cristopher Zachrisson.

 

También la Defensoría del Pueblo solicita el nombre y cargo de todos los funcionarios o personal que atendió al menor Zachrisson, el procedimiento y lugar donde le realizaron el mismo y alguna otra información que considere relevante para levantar esta investigación de derechos humanos.

 

Esta es una causa considerada como Urgente, según el artículo 27 “Cuando la Defensoría del Pueblo admita una queja o decida una actuación de oficio, promoverá la oportuna investigación para su esclarecimiento, solicitando a los servidores públicos, cuantos informes considere convenientes. El Defensor del Pueblo podrá indicar un plazo menor a quince días para la presentación de informes, cuando la urgencia de la situación así lo exija.

 

La Defensoría del Pueblo abrió una queja de oficio en contra del Ministerio de Salud, Hospital del Niño y el Hospital Santo Tomás por la vulneración de derecho a la vida y acceso a la salud.

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