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Sobreseen defintivamente a exministro por el presunto delito contra la administración pública

Informes de auditoría de la Contraloría General de la República concluyeron que el exministro de la Presidencia obtuvo recursos de fuentes conocidas.

Redacción / día a día

La jueza primera liquidadora de causas penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante auto con fecha 16 de enero de 2023, sobreseyó definitivamente al exministro de la Presidencia, Jimmy Papadimitriu, de un proceso penal seguido por el delito contra la administración pública en la modalidad de enriquecimiento injustificado.   

La juzgadora manifestó en la resolución judicial que, al examinar las piezas procesales que componen la investigación, el tribunal acoge la petición esgrimida por la fiscalía actuante, toda vez que, si bien se observa que la presente encuesta se inició a través de la denuncia interpuesta por el licenciado Sidney Sittón, en contra de un exministro de la Presidencia en el periodo de 2009 a 2012, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento injustificado, a fin de determinar si, en efecto, el exministro de la Presidencia le correspondía tal responsabilidad penal.

Asimismo, señala el fallo que, mediante informes de auditoría de la Contraloría General de la República, concluyeron que el exministro de la Presidencia obtuvo recursos de fuentes conocidas y no existió un enriquecimiento injustificado dentro del periodo denunciado.

Aunado a ello, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales se adhiere a la recomendación fiscal pues, tal y como lo consigna en su vista remisoria, nos encontramos frente a un proceso en donde los ingresos percibidos por el exministro se encuentran justificados desde el momento en que inició su gestión y en el transcurso de la misma, por tanto, no se logró acreditar el delito. De la misma forma, señala la jueza que resulta imprescindible destacar que dentro de la encuesta penal no se comprobó la existencia de un delito.

Por último, indicó la jueza que no se puede perder de vista la preservación de los derechos y garantías constitucionales previstos en la Constitución Política como en tratados internaciones y el cumplimiento efectivo del debido proceso. Es por ello que el tribunal consideró acogerse a la recomendación fiscal y dictar un auto de sobreseimiento definitivo de acuerdo con lo que establece el artículo 2007 numeral 2 del Código Judicial.

Esta causa penal se inicia con una denuncia interpuesta por el abogado Sidney Sittón, en que pone en conocimiento a las autoridades de que el Programa de Ayuda Nacional fue creado por el entonces exministro de la Presidencia, quien tenía la función de fiscalizar y evaluar la ejecución de sus proyectos.

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