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Tribunal Electoral remueve propaganda que estaba colocada en lugares prohibidos

Tribunal Electoral remueve propaganda ilegal y reitera prohibición mediante el Código Electoral.

Redacción/Web

 

El Tribunal Electoral (TE) recordó la prohibición de colocar propaganda en ciertos sitios públicos, tal como lo establece el artículo 237 del Código Electoral.

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Este fin de semana, funcionarios de la Dirección de Organización Electoral del TE en San Miguelito, Chiriquí y Arraiján removieron propaganda política fija que violaba disposiciones del Código Electoral.

 

El artículo 237, del Código Electoral,  prohíbe la colocación de propaganda electoral fija en los siguientes lugares: oficinas, dependencias, edificios y monumentos públicos; pasos elevados, vehiculares y peatonales, sus estructuras públicas y áreas adyacentes; casetas para usuarios del transporte público y casetas de peaje; coliseos, canchas y centros deportivos públicos.

Los casos se dieron en San Miguelito, Arraiján y Chiriquí

Igualmente, esta prohibida la colocación de este tipo de propaganda en sitios de interés histórico y cultural; hospitales, asilos, centros educativos y de cultos religiosos; postes y tendidos eléctricos y telefónicos servidumbres públicas, incluyendo, pero no limitado , a las aceras, cordones, isletas.

 

La prohibición se hace extensiva a las señales, semáforos y leyendas de tránsito que están en las carreteras, calles o caminos; los zampeados públicos o áreas públicas; árboles, palmas, arbustos o cualquier otro lugar en el que se vea afectado el sistema ecológico o el medio ambiente.

 

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En aquellos lugares que, de cualquier manera, obstruyen la visibilidad mínima o pongan en peligro la seguridad vehicular o peatonal y en todo inmueble de propiedad particular, sin la previa autorización escrita de sus propietarios, administradores u ocupantes.

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