el-pais -

Abogada de Martinelli presenta denuncia contra jueza Marquinez

 La Jueza Marquínez  transgredió el derecho vigente al realizar gestiones de notificación de audiencias y asignar defensor público dentro de un proceso que está  suspendido.

Redacción web

Una denuncia interpuso la abogada Shirley Castañeda contra la Jueza Tercera Liquidadora de Causas Penales del Tercer Circuito Judicial de Panamá, Baloisa Marquínez por infracciones de la Ley 53 de 27 de agosto 2015 y al código de ética judicial, en el ejercicio de sus funciones como jueza e ir en contra de sus deberes y por Incumplir, injustificadamente, las decisiones judiciales cuya ejecución tenía encomendada, en contra de Ricardo Martinelli Berrocal. 

 

También puedes leer: ¡Será mamá de dos! Karen Peralta regresó a la televisión embarazada

 

  La Jueza Marquínez  transgredió el derecho vigente al realizar gestiones de notificación de audiencias y asignar defensor público dentro de un proceso que está  suspendido en el cual la parte procesada no puede actuar porque la jueza suspendió el proceso, sin embargo, ésta, actúa dentro del proceso sin las limitaciones de la resolución judicial que ella misma dicto.     Baloisa Marquínez, mediante Auto Vario N°375 de 2 de agosto de 2022, en su parte resolutiva: levantó suspensión de la tramitación del proceso seguido a Ricardo Albert Martinelli Berrocal, sindicado por el delito contra el orden económico, ordenó la prosecución del negocio penal seguido al ex presidente y mantuvo como fecha para la celebración de audiencia preliminar alterna el día 12 al 30 de septiembre de dos mil veintidós (2022), se mantuvo la designación del Licenciado Ricardo Mazza Moreno, como defensor de oficio alterno de Ricardo Alberto.     El punto 1 de la parte resolutiva del Auto Vario N°375 de 2 de agosto de 2022, levanta la suspensión del proceso y al mismo tiempo el punto 3 dice mantener vigentes actuaciones procesales realizadas durante la vigencia de la suspensión del proceso.     Al generar estos actos procesales la jueza Marquínez, dejo en indefensión al señor al señor Ricardo Martinelli Berrocal, y a la merced de sus actuaciones; su apoderada judicial no tenía ningún mecanismo legal para accionar en un proceso que en teoría estaba suspendido, quebrantando los numerales 7, 8, 11, 13 del artículo 119 y el numeral 2 del artículo 191 de la ley 53 de 27 de agosto de 2015.    El documento solicita dar el trámite correspondiente a la denuncia, que se inicien las investigaciones necesarias para que sea declarada administrativamente responsable por incumplir injustificadamente las decisiones judiciales, se soliicta sea suspenda del cargo que ocupa y se impida que la jueza Baloisa Marquínez, conozca de cualquier caso de su representado durante el tiempo que duren las investigaciones administrativas.    Marquínez no debió ni podía haber fijado fecha de audiencia penal para una persona que mantiene vigente un fuero penal electoral del Tribunal Electoral, tampoco podía  designar un defensor de oficio teniendo en cuenta que en dicho expediente reposa poder de defensa técnica privada a favor del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, toda vez que estos actos son aquellos que tienen por efecto inmediato la constitución, el desenvolvimiento o la conclusión de un proceso de juzgamiento que no debía desarrollarse mientras estuviera vigente el fuero penal electoral y la suspensión del proceso pues estos actos atacan directamente la naturaleza de las figuras jurídicas del fuero penal electoral y la suspensión del proceso.  

 

También puedes leer: Citan a dueños de locales comeciales por denuncias de exceso de ruido en La Chorrera

  En su lugar, la jueza tenía la responsabilidad de ejecutar y hacer cumplir el auto vario 59 de 1 de febrero de 2021 (sic), expedido por ella misma que "ordena la suspensión de la tramitación de la presente causa únicamente en cuanto a Ricardo Martinelli, hasta tanto medie una autorización expresa por parte de las autoridades administrativas electorales.    La resolución del 22 de marzo de 2022, del Tribunal Electoral resolvió no autorizar el levantamiento del fuero penal electoral, hecho que mantiene la suspensión del proceso penal conforme a los artículos 266 y 267 del código electoral. Con el citado acto la jueza Marquínez, infringió el numeral 2 del artículo 191 de la ley 53 de 27 de agosto de 2015, constituyéndose esto en una falta grave en el ejercicio de su labor de juzgadora.

Etiquetas
Más Noticias
zz

El País Detienen a trabajador por hurto de ganado en finca del acordeonista Ulpiano Vergara

zz

Fama Elizabeth Grimaldo conecta con su niña interior en una emotiva carta

zz

El País Esposan al dirigente magisterial y abogado Felipe Cabeza en Colón

zz

Fama Marelissa Him confiesa que le dijo 'adiós' al café

zz

El País Panamá y Estados Unidos revisan agenda bilateral y temas de interés común

zz

Fama Eliza Ibeth lanza un mensaje de reflexión sobre el apoyo entre mujeres

zz

Fama Shakira rompe récords en México con su gira 'Las Mujeres Ya No Lloran'

zz

El País ¡Bomba y plena! Cierran en grande la Semana de la Tercera Edad

zz

Juan Luis Guerra aclara malentendido tras regalo de zapatillas 'Bachata Rosa' a Yailin La Más Viral

zz

Ley extensión de jubilación

zz

Relax Conozca la nueva generación de emprendedores de Panamá

zz

Fama Gisele Bündchen hoy te dice: 'No hay una guía para la vida'

zz

Relax Angelina Jolie protagoniza su próxima película en el glamour de la alta costura

zz

Fama Ellen Degeneres y su esposa se suman a la lista de celebridades que abandonan Estados Unidos tras victoria de Trump

zz

El País Mujer quedó presa por asesinato de adolescente en La Feria de Colón

zz

El País ¡Ay, mi madre! Panamá Oeste ocupa el tercer lugar en embarazo de adolescentes y niñas

zz

El País ¡Atentos! Abren inscripciones para el Desfile de las Mil Polleras 

zz

Deportes Toña Is reconoce que México es una potencia, pero Panamá no se la pondrá fácil