Una práctica común en algunos comercios, es la venta de productos reempacados, por ejemplo en abarroterías, minisúper y kioscos. Sin embargo, algunos agentes económicos insisten en incumplir lo que dispone el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 3-421-98, Metrología Contenido Neto de Productos Pre empacados requisitos.
Luego de una verificación a 31 establecimientos ubicados en las aéreas metropolitana y este de la provincia de Panamá y de Panamá Oeste, realizada por metrólogos de la Acodeco, se constató que de 4,376 productos, 3,639 no cumplieron con lo declarado en el contenido neto, es decir el 83.1 por ciento. Entre los productos con anomalías se encontraron: maíz pilado amarillo, raspadura, guandú empacado, bolsas de carbón, sobrecitos de hojas de laurel, entre otros.
Claramente se pudo comprobar que estos productos reempacados son sellados en ausencia del consumidor o comprador, y su contenido neto es alterado al abrir el empaque original dejando alteraciones visibles. Cabe señalar, que en los productos empacados la cantidad o peso debe coincidir con lo anunciado en el envase.
También puedes leer: Ligas deportivas empiezan a reactivarse en Panamá Oeste
El artículo 36 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, señala entre otras obligaciones del proveedor, informar clara y verazmente sobre las características de los productos, tales como la naturaleza, composición, contenido, peso, origen, fecha de vencimiento, entre otras condiciones que deben estar presentes en el envase, etiqueta o anaquel del local comercial, en términos legibles.
También puedes leer: Defensor del Pueblo reconoce triunfo del Cacique de Tierras Colectivas de Alto Bayano
Para hacer valer el derecho de recibir un producto con el peso y la cantidad establecida por los propios proveedores, así como la información comercial completa, los consumidores deben estar alerta y reportar cualquier anomalía.