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El País: Martes 07 de Septiembre de 2021 1:23 PM
El País: 2021/09/07 01:23pm

Acodeco realiza inspección a fábricas de hielo

Las prácticas monopolísticas ilícitas en Panamá son: absolutas o relativas.
  • - Panamá alcanzó un total de 5 millones de vacunas aplicadas contra el COVID-19
  • Redacción web

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Foto ilustrativa de la inspección.

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A través de su Dirección Nacional de Libre Competencia, la Acodeco realizó una diligencia exhibitoria, de manera simultánea a varias empresas dedicadas a la fabricación de hielo (Hielería Azuero, S.A., Hielo Cristal Central del Istmo, S.A., Hielo Fiesta, S.A., y Hielo Express, S.A.), por la posible comisión de prácticas monopolísticas absolutas, con autorización del Juzgado Noveno de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá, mediante Auto Nº 686-21 de 27 de julio de 2021.  

 

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Esta investigación administrativa por parte de la Acodeco inició por  denuncia anónima de un agente económico de la provincia de Herrera, quien mencionó que las empresas fabricantes de hielo estaban repartiéndose el mercado en la venta de hielo.

 

Por lo tanto, la Dirección Nacional de Libre Competencia dio inicio a la investigación y encontró indicios de prácticas monopolísticas absolutas violatorias del artículo 13, numerales 1 y 3 de la Ley 45 de 2007, que consiste en: 1. “Fijar, manipular, concertar,  acordar  o  imponer  el  precio  de  venta  o  compra  de  bienes  o  servicios,  o  intercambiar información con el mismo objeto o efecto”. Y 3. “Dividir, distribuir, asignar, acordar o imponer porciones o segmentos de un mercado existente o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempo o espacios determinados o determinables”.

 

Las prácticas monopolísticas ilícitas en Panamá son: absolutas o relativas.

Las absolutas conocidas también como acuerdos colusorios o carteles, entre agentes económicos competidores o potencialmente competidores entre sí, con el objeto de manipular precios o cantidades, repartirse segmentos de mercado o coordinar posturas en actos de licitación pública. 

Las prácticas monopolísticas relativas ilícitas son actos unilaterales, como los arreglos, convenios, o contratos que realizan los agentes económicos que cuenten con poder sustancial (individual o colectivo), con el objetivo de desplazar irrazonablemente a otros agentes del mercado, impedirles irrazonablemente su acceso o establecer ventajas exclusivas.

 

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Cabe destacar, que la Acodeco investiga de oficio los actos que vulneren el proceso relacionado a la libre competencia y concurrencia en el país, así como las denuncias o quejas que se presenten por algún afectado,  para su respectivo examen por esta institución.    Las multas por prácticas monopolísticas absolutas son hasta un millón de balboas.

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