Este martes 26 de diciembre fue aprobado en Gaceta Oficial el manual de procedimiento, diseño y uso de los Símbolos Patrios.
El Decreto Ejecutivo N° 337 del 22 de diciembre del 2017, habla de forma adecuada de izar la Bandera Nacional, cómo debe ser doblada y de cómo debe actuarse frente a ella.
Por otro parte, el Himno Nacional no podrá ser cambiado en cuestión de ritmo, tiempo o melodía original, sin embargo puede cantarse sin acompañamiento musical adaptándolo al tono del público presente.
El Escudo deberá ser de color gris para los documentos de entidades públicas y notarias, mientras que el Escudo dorado será para uso exclusivo del presidente de la República, presidente de la Corte y el presidente de la Asamblea Nacional.
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