El pleno de la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad el proyecto de ley 567 que establece un marco jurídico para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
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La Ley No. 567 establece la protección y los derechos de los niños, niñas y adolescentes y permite transitar de un régimen tutelar a un régimen de derechos humanos, donde se pone en el centro a esta población vulnerable.
María Inés Castillo, quien estuvo acompañada de la viceministra, Milagros Ramos Castro, indicó que se trata de un paso importante porque por primera vez se están estableciendo las pautas para la creación de una Ley Integral de Protección al Niño, Niña y Adolescentes, que les permitirá a esta población ser sujetos de derechos.
Para la ministra la ley de protección integral les permitirá a los niños y adolescentes ser sujetos de derechos.
Esta nueva normativa establece entre otras cosas: el reordenamiento de las instituciones competentes para garantizar, de acuerdo con su edad y madurez, el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de esos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados y convenios internacionales ratificados por el país.
La ministra recordó que este gobierno nacional ha avanzado en una política integral, prueba de ello es la puesta en marcha de la Ley de Protección Integral a la Primera Infancia y al Desarrollo Temprano, aprobada en octubre de 2020.
“Tenemos un compromiso con la niñez y los adolescentes de este país y nuestra presencia en la Asamblea Nacional es una muestra del compromiso que tiene esta administración en favor de esta población vulnerable”, destacó.
La titular de la cartera social en alianza con organizaciones civiles, clubes cívicos y académicos, sostuvieron un amplio debate sobre la importancia que tiene para el país, este sistema de protección integral de los niños y adolescentes.
Sobre el proyecto de ley 567
La iniciativa legislativa sostiene que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un ambiente sano, así como a su preservación y disfrute de ella.
Se aclara que la familia, comunidad, municipios y el Estado garantizarán que el ambiente en que se desarrollen esté libre de contaminación y prevendrán situaciones de riesgo para su salud; por ello la familia está obligada a proporcionar un hogar higiénico y en condiciones mínimas habitables y educará a sus hijos en hábitos que favorezcan la protección de su entorno.
Aunado a ello, la iniciativa delega al Estado y la sociedad la responsabilidad de establecer centros de desarrollo infantil en los lugares de trabajo, de manera de preservar las buenas condiciones del niño.
En cuanto a prohibiciones, se priva la venta, expendio, regalo, préstamo, entrega, suministro, distribución o cualquier forma de comercialización a niñas, niños y adolescentes de armas, bebidas alcohólicas, productos del tabaco o que imiten productos de tabaco, fármacos y otros productos, cuyos componentes constituyen un peligro o puedan causar dependencia física o psíquica.
Los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho al libre desarrollo de su personalidad y a recibir una educación orientada al desarrollo de sus capacidades y potencialidades, sin ningún tipo de discriminación.
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Otro de los beneficios es el acceso a la educación inicial desde los cuatro años de edad, la básica general, media oficial y una orientación sobre formación profesional y vocacional para todos los adolescentes.
La legislación le otorga el derecho a cualquier persona que tenga conocimiento de la explotación económica o laboral de niños, niñas y adolescentes para que informe a la autoridad judicial o administrativa competente, sin que sea necesaria la identificación del informante.