El establecimiento por parte de la Gobernación de Panamá Oeste de restricciones en el horario de acceso a las playas de esta provincia fue calificado como ilegal por el Defensor del Pueblo Eduardo Leblanc González.
Leblanc comentó que la medida adoptada por la Gobernación de la provincia de Panamá Oeste viola el artículo N° 258 de la Constitución Política de la República de Panamá que establece que las playas son de uso público.
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La Resolución 035-2022 del 28 de diciembre de 2022 en su artículo uno establece un horario de acceso a playas, ríos, lagos y/o balnearios de 6:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a domingos.
Por parte de la Defensoría del Pueblo también se consideró ilegal el cobro de un ingreso a las playas tal como se estableció por parte de la Alcaldía de Antón.
Leblanc dijo además haber enviado cartas de notificación basadas en la Ley y apelando a la Gobernación de Panamá Oeste y Alcaldía de Antón para que deroguen los decretos emitidos que imponen restricciones en el uso de las playas.
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De no recibirse una respuesta satisfactoria a estas solicitudes, dijo el Defensor del Pueblo, se procederá a presentar una demanda de inconstitucionalidad.
Extraoficialmente la Gobernación de la Provincia de Panamá Oeste, dijo que se realizarán cambios en la Resolución 035-2022, los cuales serán publicados en Gaceta Oficial.
La medida de aplicar un horario de acceso y desalojo de las playas en la provincia de Panamá Oeste había sido respaldada por los alcaldes de Chame y San Carlos.