A corregir el error
Mientras no sea modificado el artículo #3 de la Ley #68 de 13 de diciembre de 2016, los conductores de un vehículo que tengan un accidente de tránsito y resulten culpables, serán los responsables de los daños al vehículo asegurado.
Esta normativa que recibió algunas críticas, establecía en dicho artículo que la póliza de seguro obligatorio básico de accidentes debía otorgar una cobertura mínima para daños y lesiones corporales dentro de los límites de cobertura y vigencia. Además que "El conductor que resulte responsable deberá responder por los daños causados por el vehículo asegurado".
Luego de la sanción de la Ley #68, el diputado proponente, Samir Gozaine, presentó ante la Comisión de Comunicación y Transporte de la Asamblea Nacional, el anteproyecto de Ley #108 del 17 de enero de 2017, para corregir el artículo #3, que a su juicio se le había dado una mala interpretación.
El exdirector de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, Carlos Harris, aseguró que es importante corregir el error plasmado en la Ley #68.
Harris, uno de los que alertó sobre dicha ley, dijo que el anteproyecto de ley #108 fue aprobado en primer y segundo debate. Se dejó claro la responsabilidad civil que tiene el responsable del accidente, el propietario del auto y la aseguradora.
Al artículo anterior #3 de la Ley #68 de 2016 se le anexa que responden la compañía de seguro, el conductor y el propietario del vehículo.
Además de que la aseguradora responda hasta el límite del monto estipulado en la póliza, mientras que el propietario y conductor del automóvil responderán solidariamente por el monto respectivo, según el caso.
La Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, informó que lo que se buscaba con la Ley #68 era obligar a todos los autos a contar con un seguro vigente y, sin suprimir responsabilidad de la aseguradora.
Actualmente, entre 600 mil y 700 mil vehículos cuentan con una póliza de seguro vigente.