Decreto de retención de impuestos, entre preguntas y respuestas
Los contribuyentes podrán cumplir con su compromiso de pagos atrasados, antes de que entre en vigencia para 2019.
Durante los últimos días la palabra "impuesto de inmueble" han retumbado en los oídos de los panameños que temen que otra vez su patrimonio familiar sea afectado económicamente.
Sobre las dudas, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) explicó que la retención del impuesto de inmueble no es más que un mecanismo que realizarán los bancos y demás instituciones que otorguen financiamientos por la compra de viviendas u otros inmuebles.
Eyda Varela de Chinchilla, titular del MEF, expresó que la reducción de este impuesto inmueble es el más significativo de los últimos 40 años. No se trata de una subida, sino una baja de impuestos.
Con la nueva Ley de Patrimonio Familiar Tributario (PFT) ninguna vivienda familiar por debajo de $120 mil pagará impuesto a partir del 1 de enero de 2019. Actualmente, esas familias pagaban hasta $.1,783.00, lo que representa un ahorro.
Cuando el contribuyente financie un bien que no sea la primera vivienda o no se haya declarado como el PFT, los bancos, cooperativas y entidades financieras actuarán como agentes de retención.
¿ Qué debo hacer para saber si debo pagar el impuesto?Toda consulta sobre el PFT, el MEF tiene a disposición toda la información en su sitito web [ dgi.mef.gob.pa ]. También se pueden hacer preguntas al correo consultasetax2@mef.gob.pa y en la línea 524-1600 de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.
De igual forma existe un manual y los videos tutoriales para acogerse a la moratoria de impuesto de inmuebles accediendo a: https://dgi.mef.gob.pa/moratoria-18.html.
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Estarán exonerados los primeros $120 mil sobre el valor de la casa. Entre $120 mil y $700 mil pagarán 0.5% y el excedente de $700 mil pagará 0.7%. Si una una vivienda que esté registrada a un costo de $150 mil tendrá exonerados los primeros $120 mil y pagará el 0.5% sobre los $30 mil restantes. En ese caso el contribuyente deberá pagar $150 al año.
Otro ejemplo es que si una vivienda de $.250 mil declarada como PFT, en 2018 paga $4,513 en impuestos, con la nueva ley y reglamentación publicada en Gaceta Oficial, a partir de 2019 solo pagará $.650.00 representando un ahorro de más de $3,800.00.
¿Qué pasa con los edificios o PH?El bien seguirá gozando de la exoneración, a menos que se le hagan mejoras, entonces tributará a una tasa de 1% correspondiente al valor de la finca madre, como sucede hasta ahora.
¿ Qué pasa si no pago?En este sentido, tendrán recargos, además existe un mecanismo de retención del impuesto de inmuebles que aplicarán los bancos de licencia general, será mediante débitos a la cuenta designada por el contribuyente exclusivamente para la retención del impuesto de inmuebles. Este mecanismo fue propuesto por el sector bancario.
Igualmente, se establece que el mecanismo de retención del impuesto de inmuebles para financieras, cooperativas y demás instituciones que actúen como agentes de retención, deberá realizarse a través de la letra del financiamiento.
La retención del impuesto de inmuebles también aplica a préstamos hipotecarios o que sean garantizados por fideicomisos o emisión de valores. La misma la ejecutarán los bancos, financieras, cooperativas y demás instituciones que otorguen financiamiento para la adquisición de viviendas o bienes raíces.