La Defensoría del Pueblo se pronunció luego de que medios de comunicación anunciaran que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) emitiera la resolución 16592 del 21 de enero de 2021, la cual permite que las empresas ENSA y Naturgy (Edemet y Edechi), suspendan el servicio de energía eléctrica a partir del 1 de febrero a los clientes con morosidad acumulada.
Esta abrió una queja de oficio en contra de la ASEP, para iniciar las investigaciones correspondientes por posibles afectaciones a los derechos del consumidor.
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Velará por los derechos establecidos
La Defensoría del Pueblo, como institución garante de los derechos humanos y en atención a los derechos del consumidor, iniciará una investigación para conocer el alcance de la resolución emitida por la ASEP y las posibles afectaciones de los derechos del consumidor ante la situación que se vive actualmente en el país, producto de la pandemia por COVID-19, señaló Eduardo Leblanc González, Defensor del Pueblo.
El derecho del consumidor es un derecho humano, expresó Eduardo Leblanc González, Defensor del Pueblo.
Es importante resaltar que la Defensoría del Pueblo, de acuerdo a lo que establece el artículo 2 de la Ley 7 de 5 de febrero de 1997, velará por la protección de los derechos establecidos en el Título III y demás derechos consagrados en la Constitución Política de Panamá, así como los derechos previstos en los convenios internacionales de Derechos Humanos y la Ley, mediante el control de los hechos, actos u omisiones de los servidores públicos y de quienes presten servicios públicos y actuará para que ellos se respeten en los términos establecidos por presente Ley.