Este 29 de septiembre de 2022, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) emitió la siguiente aclaración. Detallaron que el día 27 de junio de 2022 se le notificó al alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega que para poder utilizar un área de los estacionamientos cercanos al Estadio Maracaná en la Cinta Costera para la celebración del desfile navideño del 1 al 31 de diciembre de 2022 se debía cumplir con una serie de condiciones tomando en cuenta que esta área está siendo intervenida por la ejecución del proyecto Interconexión Cinta Costera – Calzada de Amador.
Agregaron que se le solicitó tomar las medidas de precauciones necesarias para evitar inconvenientes, ya que la zona que se planteó para la actividad cuenta con áreas verdes arborizadas, jardines, bancas y áreas adoquinadas, entre otros, que requieren de cuidados especiales para el disfrute de los visitantes.
Entre las condiciones que se le notificó en la nota dirigida al alcalde capitalino, se destacaron las siguientes observaciones:
1- La Administración de la Cinta Costera tomará fotos del área antes del evento para determinar las condiciones de las áreas utilizadas y después del evento para constatar si existen daños, ya sea ocasionados por alguna instalación o por las mismas personas que asistan al evento. En cualquier caso, estos serán responsabilidad de la Alcaldía de Panamá.
2- Se deberá proteger las áreas verdes, adoquinadas y jardines en todo momento.
3- La Alcaldía de Panamá como usuario asignado temporalmente para este evento, deberá contar con planta eléctrica para el suministro de la energía eléctrica si es necesario.
4- La Alcaldía de Panamá deberá solicitar apoyo de los estamentos de seguridad (SPI) para el desarrollo pacífico, ordenado y seguro de la actividad.
5- Como referencia se le presentó las prohibiciones, que deben respetarse:
- Tomar electricidad del área, ya sea de los tomacorrientes disponibles o de los postes de las luminarias.
- Señalizar, marcar, rayar con cualquier tipo de sustancia o pintura cualquier espacio de las áreas a utilizar.
- Amarrar cualquier objeto de los postes de luz, árboles, bancas del área.
- Anclar cualquier objeto al área verde, para esto, deberán contar con contrapesos.
- La circulación de vehículos a motor por el área peatonal, ciclovía, adoquinado y césped, salvo los utilizados por los del Servicio de Protección Institucional.
- La música o ruido en general, en virtud de lo estipulado para áreas residenciales según el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo N°1 del 15 de enero de 2004. Que adopta el reglamento para el control de ruidos en espacios públicos, áreas residenciales o de habitación, así como en ambientes laborales. Quedan establecidos los decibeles de sonido de 50 a 60 decibeles en escala A.
- La Alcaldía de Panamá, deberá cumplir con lo establecido en la Ley 33, que establece la política de “Basura Cero y su marco de acción para la gestión integral de residuos, y dicta otras disposiciones” en especial los Artículos: N°3 en su numeral 21, Artículo N°9 y Artículo N°10.
- Es responsabilidad de la Alcaldía de Panamá, tomar todas las medidas de bioseguridad necesarias para evitar la transmisión del virus COVID 19, como lo son distanciamiento social y utilizar mascarillas en todos los espacios públicos como medida de prevención.
Todos los puntos en este permiso al igual que las prohibiciones aplican tanto para los organizadores, así como para los patrocinadores del evento.
Por todo lo antes expuesto se le notificó a la Alcaldía de Panamá que conforme a la aceptación y apego a las condiciones señaladas se aprueba el permiso para utilizar un área de los estacionamientos cercanos al Estadio Maracaná en la Cinta Costera, a partir del 1 al 31 de diciembre de 2022.