¡Hallaron de todo! Dueños de locales que prestan servicio de alquiler de estacionamiento hacen de las suyas
La Acodeco con este operativo busca garantizar el cumplimiento del artículo 56 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, sobre la información de precios, en cuanto al tema relacionado al servicio de alquiler de estacionamientos.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) realizó una revisión en 28 locales que prestan servicios de alquiler de estacionamientos en la ciudad de Panamá, para verificar el cumplimiento de la información de precios.
Durante esta acción del Departamento de Metrología, 12 prestatarios cumplieron de manera satisfactoria con todos los parámetros verificados y 16 resultaron con alguna anomalía. Entre las irregularidades detectadas, 4 no tenían letrero informativo; 2 no cumplieron con las letras reflectivas; un local no presentaba adecuada ubicación del letrero; en la coincidencia de la información de todos los letrero, 2 incumplieron.
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En cuanto al anuncio del precio o tarifa a cobrar, solo 2 locales no cumplen; 9 no anuncian todas las condiciones para el cobro; 7 no indican la leyenda “este local no ofrece servicio de estacionamiento gratuito a sus clientes”; 4 incumplieron con la sincronización de horas en dispositivos de entrada y salida; sobre si el dispositivo de entrada permite observar la hora, 5 locales no cumplieron con este aspecto; el dispositivo de salida permite observar la hora, 6 incumplen; y por último, si el cobro es cónsono con el tiempo utilizado, 3 estacionamientos no cumplieron.
Cabe destacar, que se encontraron locales de estacionamientos que efectúan el cobro de manera rudimentaria, sin ofrecerle ninguna garantía de transparencia en la transacción al consumidor, tal como donde el operario registra en un trozo de papel la hora que refleja su reloj personal, al momento de entrar el vehículo, y de igual forma realiza el cobro.
Otros locales utilizan el sistema de casetas de cobro, que son operados por personas y a pesar que a la entrada se les entrega al consumidor un boleto, con el registro de la hora, al momento de salir no tiene acceso a la hora para hacer el cálculo del monto a pagar, o simplemente para revisar que la hora registrada por el sistema al entrar coincide con la registrada al salir. En estos sistemas el operario cuenta con una computadora dentro de la caseta de cobro y es quien le indica al consumidor el precio a pagar, luego de realizado el cobro se le entrega al usuario un tiquete procedente de la caja fiscal el cual no registra la hora de salida, en otras palabras, con estos sistemas el consumidor no cuenta con los elementos que se requieren para verificar que el cobro realizado sea cónsono con el tiempo utilizado.
Igualmente llamó la atención de los metrólogos de la Acodeco, un local que ofrece tarifa única diaria a razón de B/.5.00 y de /.25.00 por pernoctar, cuyo horario está fijado de 6:00 a.m. a 3:00 a.m. de lunes a domingo. Se le cuestionó al administrador en qué circunstancias se considera el cobro de los B/.25.00, quien indicó que se cobra a los vehículos que salen del local pasadas las 3:00 a.m. Tomando en cuenta que el significado de la palabra pernoctar es “pasar la noche”, si el vehículo entra a la 1:00 a.m. y sale a las 4:00 a.m. se considera que no se debería cobrar esta pernocta.
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La Acodeco con este operativo busca garantizar el cumplimiento del artículo 56 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, sobre la información de precios, en cuanto al tema relacionado al servicio de alquiler de estacionamientos. En base al 57% de incumplimiento detectado es evidente que los locales dedicados al cobro por el uso del servicio de estacionamientos, no han tomado acción correctiva sobre las anomalías que de manera repetida se les han señalado en otras verificaciones, por lo que se estará aplicando las sanciones respectivas.