'Inconstitucional! Procurador de la Administración emitió su criterio sobre el contrato minero
Hasta el momento, se han admitido ocho demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 406.
El procurador de la Administración, Rigoberto González, considera que el artículo 1 de la Ley N°. 406 que aprueba el contrato de concesión entre el Estado y Minera Panamá es inconstitucional. Al emitir su criterio expresó que "el artículo 1 de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, aprobada en Asamblea Nacional, infringe los artículos 257, 259 y 266 de la Constitución Política de la República de Panamá".
El procurador González emitió concepto a la Corte Suprema de Justicia con relación a la demanda de inconstitucionalidad que presentó el abogado Juan Ramón Sevillano contra la Ley 406.
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González en su escrito presenta las infracciones a los artículos 258, 259 y 266 de la Constitución Nacional:
1. Ausencia de licitación pública.
2. Ausencia de bienestar social e interés público.
3. La aprobación del contrato ley, por parte de la Asamblea, sin realizar un análisis para calificar “de bueno y suficiente” el contrato de concesión, cuya aplicación y alcance ya fue interpretado por la Corte, en la sentencia del 21 de diciembre de 201. Esa sentencia a la que se refiere González es la que declaró inconstitucional la Ley 9 de 1997, la cual permitió la explotación minera del área de Donoso y amparó el inicio de las operaciones de Minera Panamá (filial de la canadiense First Quantum).
4. Ausencia de una consulta pública efectiva y previa, que garantice el acceso a la información y la participación ciudadana (y no solo de las comunidades aledañas).
5. Cláusulas del contrato que restringen el acceso a la justicia.
6. Cláusulas que comprometen el espacio aéreo, tierras y bienes del Estado.
7. Las cláusulas que permiten la apropiación de bienes por parte de Estados extranjeros.
En tanto, el procurador general de la Nación, Javier Caraballo, emitió ayer igual criterio de "inconstitucionalidad" el contrato minero
En total, hay ocho demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 406. Todas han sido admitidas ya.