Martinelli busca transformar la capital con proyectos de crecimiento
El Tribunal Electoral (TE) certificó que Ricardo Martinelli Berrocal goza de fuero penal electoral desde el pasado 4 de octubre.
La campaña de Ricardo Martinelli para la Alcaldía de Panamá va con todo. El exmandatario busca gracias a un agresivo plan de trabajo poder transformar el distrito capital.
Según Héctor Santos Rudas, ya se tiene logo definido, "slogan" y línea gráfica para usar durante el periodo oficial de campaña política.
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Rudas, encargado de la campaña de Martinelli, sostuvo que tanto el plan de trabajo, como el logo, "slogan" y línea gráfica, "denotan la esperanza de un nuevo día donde ganamos todos".
"Estamos preparados para llevar a cabo una campaña de propuestas para nuestros electores, pero también para ejecutar a partir de mayo un plan que responda a los desafíos de nuestra creciente ciudad", señaló.
El slogan de la campaña a utilizar a partir del 4 de marzo próximo para la alcaldía será: Martinelli "Ganamos Todos y desde esta fecha se divulgarán algunos proyectos que no solo generarán miles de plazas de empleo en la capital, sino que tendrán un alto impacto en la economía del país.
Certifican fuero electoral
El Tribunal Electoral (TE) certificó que Ricardo Martinelli Berrocal goza de fuero penal electoral desde el pasado 4 de octubre hasta 15 días después de que se dé la ejecutoria de la proclamación en la elección que este participe como candidato.
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Recientemente, la Comisión Nacional de Elecciones del partido Cambio Democrático certificó que Martinelli es candidato a diputado por el circuito 8-8, luego de las elecciones internas de este colectivo realizadas el pasado 30 de septiembre.
Cambio Democrático también certificó la decisión de postular al exmandatario al cargo de candidato a alcalde de la ciudad capital, decisión que se aprobó el pasado 14 de enero de este año.
Sobre el fuero electoral
El Tribunal Electoral recuerda a la ciudadanía que el Código Electoral señala en su artículo 218-A, que: Se consagra el fuero electoral para proteger a los actores del proceso electoral de medidas laborales, administrativas o judiciales dirigidas a obstaculizar, ya sea el ejercicio de una función electoral o de sus derechos políticos, según sea el caso.
Esta garantía se aplica tanto a las elecciones generales como a las elecciones internas o primarias de los partidos políticos (Artículo 218-C, numeral 2-A); y la ley 29 de 2017, por la cual se reformó el Código Electoral, redujo significativamente el tiempo de duración del fuero electoral penal. Para los candidatos, el fuero electoral penal se bajó a 15 días después de la ejecutoria de la proclamación. Antes de la reforma, el fuero penal electoral se extendía hasta 3 meses después de cerrado el proceso electoral.