Multas por anomalías del control de precios ascienden a más de un millón 900 mil balboas
Las sanciones por irregularidades al control de precios, desde el año 2019 a la fecha, corresponden a: 1,887 minisúper y otros.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) registra desde el año 2019 hasta la fecha, un total de 3,284 multas en primera instancia por B/.1,946,690.00 a diferentes agentes económicos de todo el país, debido al incumplimiento del control de precios de productos de la canasta básica de alimentos.
Las sanciones corresponden a 3,111 faltas directas del control de precios (B/.1,775,100.00) y 173 multas por incumplir con el margen de comercialización (B/.171,590.00).
Cabe señalar que, si un producto que forma parte del control de precios no tiene su precio a la vista, se impone una sanción por incumplimiento. Entre los productos, con mayores irregularidades, están la sardina, lentejas, coditos y las salchichas. Las multas oscilan desde 250 a 1,750 balboas dependiendo del tamaño del local comercial, reincidencia y la cantidad de anomalías detectadas.
Las sanciones por irregularidades al control de precios, desde el año 2019 a la fecha, corresponden a: 1,887 minisúper, por B/.803,615.00; 464 supermercados (B/.757,437.50); 413 abarroterías (B/.120,735.00); 66 almacenes (B/.104,337.50); 221 kioscos (B/.51,065.00); 25 otras actividades (B/. 33,925.00); 82 mercados públicos (B/.23,975.00); 26 cooperativas de consumo (B/.18,200.00); 10 farmacias (B/.14,750.00); 80 puestos de legumbres (B/.11,030.00); 4 panaderías (B/.5,750.00), y 6 fruterías por B/.1,870.00.
La mayor parte de las multas a los mercados públicos, puestos de legumbres y fruterías, se aplicaron cuando algunos productos agrícolas, tales como la cebolla, tomate perita, ñame y yuca estaban incluidos dentro del control de precios, pero después fueron excluidos.
La medida de extender el control de precios por 6 meses más, de acuerdo al Decreto Ejecutivo 11 de 18 de julio de 2023, se basa en la reunión sostenida en la Comisión de Ajustes de Precios, el día 11 de julio de 2023, donde se acordó que, para contener el alza de precios, y permitir el acceso ininterrumpido de productos esenciales de alimentos de la canasta básica, se recomendó al Ejecutivo extender la regulación por la vía de precios tope para 18 productos de la Canasta Básica de Alimentos por un periodo de seis meses adicionales.
En virtud de una consulta no vinculante realizada a la Acodeco, según los términos del artículo 200 de la Ley 45 de 2007, sobre la regulación de los precios de los productos, esta entidad respondió de forma positiva con respecto a la posibilidad de prorrogar la vigencia de los efectos del Decreto Ejecutivo No. 165 de 2014.