Niegan libertad vigilada a sujeto condenado por maltrato en Panamá Oeste
El sentenciado tendrá que terminar de cumplir los 12 meses que le faltan en prisión, así como la pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
La Fiscalía Regional de Panamá Oeste, mediante la Sección de Cumplimiento, logró que el Juzgado de Cumplimiento negara la solicitud de libertad vigilada para James Kennedy de 37 años de edad, condenado a la pena de 62 meses de prisión por los delitos contra la inviolabilidad del domicilio, contra la libertad individual y contra el orden jurídico familiar y el estado civil, en la modalidad de maltrato.
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La fiscal Yira Sánchez Torrente en representación del Ministerio Público, logró que la juez de garantías, Reynelda Rodríguez, valorara los argumentos presentados, ya que a pesar de que el condenado cumplía con los requisitos que exige la ley para que se le otorgara el beneficio, la propuesta de trabajo presentada era frente a una escuela, y si se otorgaba la libertad vigilada, se podría poner en riesgo a los niños por la gravedad del delito cometido.
El sentenciado tendrá que terminar de cumplir los 12 meses que le faltan en prisión, así como la pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
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Los hechos se dieron el 20 de marzo del 2019 a las 6:30 a.m., en la Ciudad del Niño, ubicada en el distrito de La Chorrera, cuando el hombre ingresó de manera violenta al lugar, utilizando un cuchillo y privando de libertad por más de 10 minutos a un menor de 5 años de edad, a quien le causó una herida que lo incapacitó por 8 días.