Cumpliendo con lo establecido a través de la Ley 51, en su artículo 15, la Caja de Seguro Social (CSS), mantiene la publicación del listado de empleadores morosos con la institución en los diarios impresos del país.
A través de la Ley 51 de la CSS, se establece en su artículo 15, la obligatoriedad de la Dirección General de publicar "cada 6 meses" la lista de empleadores que no cumplen con el pago de las cuotas empleado-empleador.
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Por lo tanto se le comunica a los empleadores del área metropolitana que aparecen en la lista, pueden acudir a las oficinas de los Juzgados Ejecutores o al Departamento de Apremio y Cobros, en el edificio 520, ubicado en Clayton.
Si la ubicación del negocio o empresa es en el interior de la república, pueden acercarse a las agencias administrativas de la Caja de Seguro Social de cada provincia.