Ante la nueva prórroga por 6 meses más, a partir del 7 de noviembre de 2022, anunciada por el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente), del Decreto Ejecutivo 9, que reglamenta la Ley 187 del 2 diciembre de 2020, que regula la reducción y el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) desarrollará campañas educativas para la eliminación de esos productos.
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Los artículos de plásticos de un solo uso (empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables), son los que forman parte de esta segunda fase y que la Acodeco fiscalizará su no comercialización, a partir de mayo del próximo año.
Se hace necesario, que los agentes económicos prefieran aquellos productos de materiales biodegradables de origen biológico y renovable, tales como, la madera, el bagazo de caña de azúcar, la fibra de abacá, la fibra de yute, la madera de bambú, el maíz, la yuca y el almidón de maíz, para reemplazar los de plástico de un solo uso, que hacen daño al medioambiente.
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Cabe destacar que la Ley 187 del 2 diciembre de 2020, entró en vigencia el 1 de julio de 2021 con diferentes etapas de implementación, la primera, con los hisopos para el oído, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cóctel de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas. Estos productos están totalmente eliminados y prohibida su comercialización en el mercado nacional.