Sistema penitenciario reglamentan visitas especiales a los reos
Se podrá conceder visitas especiales a menores de edad acompañados de sus padres.
El Misterio de Gobierno (MinGob) a través de la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP), informa de la reglamentación de las visitas especiales en los centros penitenciarios del país.
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Esto, mendiante la Resolución N° 860 publicada en Gaceta Oficial N° 28594-A, que establece que las visitas especiales serán aprobadas únicamente por el director General del Sistema Penitenciario y solo para aquellas personas que no puedan asistir a las visitas regulares o que el familiar del privado de libertad sea una persona de tercera edad, no pueda permanecer de pie en las largas filas o en caso que padezca alguna enfermedad o discapacidad debidamente certificado por un médico idóneo. La entidad reitera que para solicitar permisos especiales para nacionales se deberá llenar una solicitud con 15 días de anticipación, con excepción de aquellas que ameriten ser tramitadas en menor tiempo por razones humanitarias o de seguridad, solo podrán ingresar dos personas y se deberá adjuntar, copia de cédula de los visitantes, copia de certificado de nacimiento o cédula del privado de libertad en caso de permiso especial por cumpleaños.
En caso de ser personas extranjeras la solicitante del permiso de visita especial con estadía no mayor de 15 días en el país, podrán entrar hasta tres personas y deberán presentar los siguientes documentos, solicitud escrita, copia de pasaporte con el sello de entrada al país y copia del boleto aéreo de retorno. Se podrá conceder visitas especiales a menores de edad acompañados de sus padres, sin embargo cuando se trate de menores que sean familiares cercanos del privado de libertad, sobrinos, primos, nietos, hermanos, se deberá aportar autorización notariada de los padres del menor, copia de cédula de los padres y certificado de nacimiento.