Trabajadores que circulen en el toque de queda deben portar carta de la empresa
El transporte público brindará el servicio a los trabajadores que deben movilizarse dentro del horario del toque de queda y cuarentena.
Con las nuevas medidas del toque de queda y la cuarentena total implementadas recientemente por el Ministerio de Salud para contrarrestar el COVID-19, los trabajadores que no tienen restricción de movilidad deberán portar una carta o certificación emitida por la empresa donde labora.
Los trabajadores que no son incluidos en la restricción de movilidad son los que se dedican al servicio de entregas a domicilio de víveres, medicamentos y alimentos preparados en restaurantes.
También aquellos que presten servicios a entidades públicas.
Los que pertenecen a la industria agroalimentaria y logística.
Los dedicado a la seguridad, empresas de distribución y transporte de combustibles.
Empresas de energía eléctrica y telecomunicaciones, así como el personal de la Autoridad del Canal de Panamá.
Leer también: Fin de semana sangriento en Panamá Oeste, homicidio en Arraiján Transporte brindará servicioImportante que sepan que el transporte público brindará el servicio a los colaboradores de las empresas y funcionarios públicos que deben movilizarse dentro del horario del toque de queda y cuarentena total.
El toque de queda rige desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.
Mientras que la cuarentena total será desde el 24 de diciembre a las 7:00 p.m. hasta el lunes 28 de diciembre a las 5:00 a.m. y el 31de diciembre hasta el 4 de enero en el mismo horario.
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