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Panamá, 3 de abril de 2018.
"La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia en su misión de brindar protección a los derechos de los niños, niñas, y adolescentes, y sus familias; hace un llamado de atención e insta a los medios de comunicación y a los padres y madres de familia, a garantizar a los niños, niñas y adolescentes la protección de su vida prenatal, su nacimiento, su libertad y dignidad personal. Es derecho y obligación de los padres, de la sociedad y del Estado, proteger el nacimiento y la vida del hijo o hija.
Hemos tenido conocimiento de múltiples noticias, informaciones en redes sociales, prensa escrita, y televisión; en las cuales no se abordan a los niños como sujetos de derechos; e incluso quedan desprotegidos por los propios padres y madres; así como por otros familiares, abogados y comunicadores, sin tener en cuenta el impacto negativo que pueden provocar en sus vidas.
Se considera violación a la intimidad de las niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación conforme al principio de interés superior del niño. Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de los niños, deben orientar, supervisar y, en su caso, restringir, las conductas y hábitos que menoscaben los derechos de los recién nacidos.
Instamos a los medios de comunicación, escritos, digitales, radiales y televisivos a abstenerse de promocionar conflictos entre padres y madres de los recién nacidos, ya que para esto existen las instancias jurídicas a fin de interponer las acciones que a bien tengan ante los tribunales competentes, sin tener que afectar la integridad de niños y niñas; por lo que tienen la enorme responsabilidad de abordar los datos personales de los menores de edad tomando todas las previsiones necesarias para proteger su imagen, identidad y privacidad, y no exponerlos a situaciones que vulneren sus derechos.
El Estado somos todos, y debemos proteger la salud física, mental y moral de los menores de edad; constituyéndose los medios de comunicación, como especial vehículo de formación y educación de la colectividad, debiendo promover de manera constante y permanente, el desarrollo integral del niño, niña y adolescente; prohibiendo la difusión de programas, mensajes o propaganda que contengan apología del delito (Artículo 485 del Código de la Familia).
Yazmín Cárdenas
Directora General
Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
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Puede haber cárcel por exponer al menor de edad
Localizamos a la licenciada Idalia Martínez, exdirectora de Senniaf para que nos explicara qué puede ocurrir en los casos en que los menores de edad son expuestos a situaciones en riesgos. Recuerda que el Código de la Familia establece la protección a la imagen de los menores de edad y la Convención sobre los derechos de los niños establece la protección de los menores en todos los sentidos. Utilizar niños para controversias y rivalidades entre exparejas o parejas y a través de medios de comunicación en una competencia de 'rating' debe ser investigado y a la vez aplicarse las máximas sanciones, nadie puede utilizar la imagen ni el nombre del menor de edad para estas situaciones. Lo cual conlleva también sanciones para los padres quienes son los que están expondiendo al menor de edad, ya que el código y la convención sobre los derechos de los niños establece responsabilidades para los padres. ¡Delicado!
Idalia Martínez, exdirectora de Senniaf.