Colegios católicos pueden despedir a maestros si no respetan código conducta
En el largo documento no se especifica cuales son los posibles comportamientos que violarían la identidad de la Iglesia.
Los centros de educación católicos deberán contratar a su personal teniendo en cuenta la "identidad" particular de estas escuelas e informándoles de que existe un "código de conducta", por lo que los profesores y otros empleados que no lo respeten pueden ser despedidos, según se lee en unas líneas guía publicadas hoy por el Vaticano.
El Vaticano publicó hoy una instrucción sobre las escuelas que será la base del nuevo dicasterio, ministerio vaticano de la Educación católica instituido en la nueva Constitución sobre la Curia que aprobó el papa Francisco el pasado 19 de marzo.
En estas pautas sobre cómo deben ser las escuelas católicas aparece un apartado dedicado sobre todo a la formación de los profesores en el que se especifica que "si la persona contratada no cumple con las condiciones de la escuela católica y su pertenencia a la comunidad eclesial, la escuela debe tomar las medidas apropiadas".
Se establece además que “las escuelas católicas deben estar dotadas de una declaración de su misión o un código de conducta".
Aunque en el largo documento no se especifica cuales son los posibles comportamientos que violarían la identidad de la Iglesia.
Pero sí que se explica en las directrices que los docentes de la Iglesia católica están llamados "a destacarse por una doctrina correcta y por la honestidad de vida en la formación de las jóvenes generaciones".
Por ello se les indica que además de su labor de didáctico-pedagógico deben testimoniar con su "recta doctrina e integridad de estilo de vida". "La autoridad competente, por lo tanto, está obligada a informar a quienes va a asumir sobre la identidad católica de la escuela y sus implicaciones, así como sobre su responsabilidad de promover esa identidad”, se lee.
Aunque se añade que "la posibilidad del despido es la última opción, que debe tomarse legítimamente tras el fracaso de todos los demás intentos de resolución".
Ningún problema a la contratación de profesores de otras religiones o no creyentes, pero se detalla que "los docentes y el personal administrativo que pertenezcan a otras Iglesias, comunidades eclesiales o religiones, así como aquellos que no profesen ninguna creencia religiosa, desde el momento de su contratación están obligados a reconocer y respetar el carácter católico de la escuela”, indica.
También se recuerda que "la historia de las escuelas católicas se caracteriza por la acogida de alumnos de diferentes orígenes culturales y afiliaciones religiosas".
A los obispos dispone que deben "velar por la aplicación de las normas del derecho universal en los centros educativos católicos; darles disposiciones generales; visitar los de su territorio diocesano al menos cada cinco años; y tomar medidas en caso de hechos contrarios a la doctrina, a la moral o a la disciplina de la Iglesia".
Así como en caso de anomalías, "tomar medidas, bien alertando a los responsables de las escuelas para que intervengan, bien actuando personalmente en los casos más graves o urgentes, bien recurriendo a la Congregación para la Educación Católica".
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