El papa Francisco instó hoy a sacerdotes y laicos a ser cercanos con la soledad y sufrimiento de quienes esperan la nulidad matrimonial de la justicia eclesiástica y defendió su reforma, que introdujo el proceso breve y gratuito.
Estáis llamados a ser próximos a la soledad y al sufrimiento de los fieles que esperan de la justicia eclesiástica la ayuda competente y fáctica para reencontrar la paz de sus conciencias y la voluntad de Dios sobre su readmisión a la Eucaristía, dijo ante los participantes en un curso organizado por el Tribunal de la Rota.
En su opinión, su reforma del proceso de nulidad matrimonial es la expresión de una Iglesia capaz de acoger y sanar a quien está herido de alguna manera por la vida y, al mismo tiempo, es una llamada a la defensa del carácter sagrado del vínculo matrimonial.
El papa Francisco aprobó el 8 de septiembre de 2015 dos motu proprio (documentos vaticanos) con los que reformó el trámite para obtener la nulidad, introduciendo un proceso breve y gratuito.
Esto siempre que los dos cónyuges estén de acuerdo en disolver su unión y que las condiciones para ello sean evidentes, algo que debe ser discernido en un proceso dirigido por el obispo de la diócesis en la que se estableció el vínculo matrimonial.
Entre los argumentos para un proceso más breve se contempla la brevedad de la convivencia conyugal, el aborto para impedir la procreación, la continuada permanencia de una relación extraconyugal, ocultar la esterilidad o una grave enfermedad contagiosa.
También ocultar hijos nacidos en una anterior relación, haber estado encarcelado, ejercer violencia física para obtener el consentimiento del matrimonio, un embarazo imprevisto antes de casarse o no estar en uso de facultades mentales, entre otros.
La reforma, en vigor desde el 8 de diciembre de 2015, también introduce la sentencia única a favor de la nulidad matrimonial, ya que hasta la fecha el Derecho Canónico exigía que cada causa fuese analizada por dos tribunales en instancia sucesivas.
Francisco además precisó ante los asistentes algunos aspectos fundamentales de los motu proprio, en particular la figura del obispo, juez personal y único del proceso abreviado.
Recordó que el proceso abreviado no es una opción que el obispo diocesano puede elegir sino que es una obligación que deriva de su consagración y de la misión recibida.
Y recordó que la proximidad y la gratuidad (...) son dos perlas que necesitan los pobres, a quienes la Iglesia debe amar por encima de todas las cosas.
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