La acción consistía en que la implicada obtuviera medidas de seguridad como que pudiera permanecer detenida en un centro de internamiento, o sea, un hospital o casa por cárcel.
El magistrado Oydén Ortega negó la acción de inconstitucionalidad, ya que el Juzgado Quinto condenó a Madame Thonya a tres años de cárcel.