¡Asegure sus compras! Exija garantía, recomienda la Acodeco
El proveedor y los intermediarios no podrán proporcionar una garantía inferior, a la que reciba del fabricante.
Es importante que los términos y condiciones de la garantía de cualquier artículo, esté o no en oferta, consten por escrito en forma clara y precisa, no confié en promesas orales, porque no tienen ninguna validez, señala la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
Para que un reclamo sea factible, se debe presentar factura y la respectiva garantía. Por lo tanto, al comprar cualquier artículo prefiera aquellos que tengan una mayor duración en su garantía, solicite ante la ausencia de información al respecto la misma, en caso de no proporcionarse, se establece una garantía legal mínima de 3 meses. En ningún caso el periodo de garantía puede ser inferior a la establecida por el fabricante, puede si el agente económico pacta con el consumidor o brinda una mayor.
Entre los datos que deben contener los términos y condiciones de la garantía, están: quienes son los talleres técnicos autorizados por el fabricante, distribuidor o proveedor, implica los nombres y direcciones del establecimiento comercial, así como la del consumidor; la descripción precisa del bien o servicio objeto de la garantía, con indicación de la marca y el número de serie, del modelo, tamaño y color predominante; fecha de la compra y entrega del bien o servicio; el término de duración de la garantía.
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Se debe informar de las condiciones generales para que la garantía se haga efectiva, con indicación de los riesgos cubiertos y de aquellos que no lo están, y el lugar donde debe ser presentada la reclamación, y aprobación expresa del proveedor o de su representante autorizado.
Cuando los bienes no funcionen adecuadamente, durante el período de garantía, por defecto del producto o causa imputable al fabricante, importador, distribuidor o proveedor, este último tiene la obligación de garantizar el funcionamiento y, en su caso, la reparación. En caso de que no puedan ser reparados, el proveedor procederá al reemplazo o devolver las sumas pagadas.
El proveedor y los intermediarios no podrán proporcionar una garantía inferior, a la que reciba del fabricante. Todo artículo nuevo tiene derecho a una garantía, así lo establece la Ley 45 de 2007, y usted tiene el deber de exigir el cumplimiento de esta, ya sea que compre al crédito o al contado.
Todo producto tiene presunción de novedad, por lo que, si usted obtiene un producto de segunda sin saberlo y presenta anomalías, tiene derecho a reclamar.