Si eres de los que se queda pensando si tiene que pagar la propina sí o sí… ojo con esto. La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) dejó claro que ese cobro es totalmente opcional, aunque venga incluido en la cuenta, por lo que ningún establecimiento puede exigir su pago al consumidor.
Esta disposición está contemplada en la Ley 45 de 2007, específicamente en su artículo 56 sobre la información de precios, el cual fue modificado por la Ley 34 de 2 de agosto de 2016. En ese sentido, si un restaurante incluye la propina dentro del total de la cuenta, el cliente tiene el derecho de decidir si la paga o no.
De acuerdo con Jaime Guzmán, jefe del Departamento de Investigación de Acodeco, en cuanto al porcentaje sugerido, que en algunos comercios oscila entre el 10% y el 30%, aclaró que no existe regulación al respecto. No obstante, la práctica más común es sugerir un 10%. “El agente económico puede sugerir la propina, pero su pago no es obligatorio”, enfatizó.
El monto de la propina queda a criterio del consumidor, quien puede determinarlo según la calidad del servicio, la atención recibida y su nivel de satisfacción.
Acodeco señaló que muchas de las denuncias surgen cuando en la factura no se detalla claramente el consumo y la propina sugerida, lo que puede generar confusión en el cliente.
La entidad recuerda que los consumidores pueden presentar sus denuncias a través del 311 de Atención Ciudadana, así como mediante la página web institucional y seguir la opción de denuncias. Se recomienda adjuntar una fotografía de la factura donde se evidencie el cobro de la propina.









