La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) informó que, una vez tuvo conocimiento de la decisión del Concejo Municipal de Arraiján, se encuentra evaluándola a la luz del Título XIV de la Constitución Nacional.
En un comunicado, la ACP indica que el Concejo Municipal de Arraiján condicionó la aprobación de la exoneración del pago de impuestos de construcción de modo que fuera exclusiva para la ACP y no para una empresa particular.
A criterio de la ACP, el Concejo Municipal de Arraiján solo debe reconocer el derecho constitucional de exención tributaria contenido en la Constitución.
La Constitución y la Ley Orgánica de la ACP establecen la exención tributaria municipal para cumplir con sus obligaciones constitucionales, que consisten en garantizar que el funcionamiento del Canal de Panamá sea seguro, continuo, eficiente y, sobre todo, rentable. Por lo que.
El acuerdo municipal está pendiente de la firma y sanción de la alcaldesa de Arraiján, así como de su publicación en la Gaceta Oficial.









