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El País: Sábado 09 de Agosto de 2025 1:41 PM
El País: 2025/08/09 01:41pm

Acuerdo No. 407 desata críticas: magistrados de la CSJ recibirán el 100% de su último salario al jubilarse

Si un magistrado se retira antes de cumplir los requisitos de jubilación, mantendrá los derechos adquiridos al llegar a la edad de retiro.
  • - Presentan querella en contra de magistrada de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López
  • Redacción

  • diaadiapa@epasa.com
  • @diaadiapa
Foto: CSJ.

Foto: CSJ.

Etiquetas

  • Acuerdo 407
  • Corte Suprema de Justicia Panamá
  • Fondo de Compensación jueces
  • Jubilación Magistrados Panamá
  • Órgano Judicial
  • protestas salariales 2024
  • inconstitucionalidad
  • Diputado Cedeño
  • Juan Diego Vásquez
  • Gaceta Oficial
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El Acuerdo No. 407 del Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), aprobado en julio de 2024 y publicado el 8 de agosto de 2025 en Gaceta Oficial, establece un fondo de compensación especial para jueces y magistrados del Órgano Judicial (OJ). 

Esta decisión ha encendido nuevamente el malestar ciudadano, recordando las manifestaciones de enero de 2024, cuando se denunció el aumento salarial de $ 4,000 para magistrados, que elevó sus ingresos mensuales a  $ 14,000.

El acuerdo firmado por la magistrada María Eugenia López, presidenta de la CSJ, detalla que: los Magistrados de la CSJ recibirán el 100% del último salario devengado.

Magistrados de Tribunales Superiores obtendrán el 60% de la diferencia del último salario. 

Jueces de circuito accederán al 50%. Jueces municipales tendrán el 40 %.

Si un magistrado se retira antes de cumplir los requisitos de jubilación, mantendrá los derechos adquiridos al llegar a la edad de retiro.

El financiamiento será cubierto parcialmente por la Caja de Seguro Social (CSS), hasta el límite legal permitido, y el resto lo asumirá el Órgano Judicial.

En la práctica, este beneficio ya alcanza a 133 jueces y magistrados, un 26% de los 519 en servicio, y representa un impacto del 0.26% del presupuesto institucional.

Reacciones y cuestionamientos

El diputado Cedeño cuestionó la legalidad del acuerdo: “He leído este Acuerdo 407 del Poder Judicial y es abiertamente inconstitucional. El artículo 163, numeral 3 de la Carta Magna indica que todo lo relativo a jubilaciones debe determinarse por ley. Además, el artículo 267 establece que el Ejecutivo es el único ente para normas presupuestarias. No es dable avalar una jubilación especial de esta magnitud sin ley previa”.

Por su parte, el abogado y exdiputado Juan Diego Vásquez advirtió sobre el impacto social de la medida: “Respeto la labor de jueces y magistrados honestos, pilares de la justicia y la democracia. No obstante, profundizar la desigualdad con beneficios especiales no es correcto en la situación financiera actual. Recomiendo que la CSJ reevalúe esta decisión y adopte medidas acordes a las finanzas públicas. El compromiso debe ser cerrar brechas de pobreza, no ampliarlas”.

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