Mediante el Decreto Alcaldicio N°012 del 13 de octubre de 2025, firmado por el alcalde capitalino, Mayer Mizrachi Matalon, estableció los horarios especiales de funcionamiento para los centros de expendio de bebidas alcohólicas y actividades temporales que generen ruido con equipos de sonido, durante las festividades patrias y de fin de año.
El decreto tiene como objetivo ordenar y regular las actividades comerciales, recreativas y sociales propias de esta temporada, garantizando la sana convivencia y el cumplimiento de las normas vigentes dentro del distrito capital.
Los establecimientos con permiso nocturno vigente expedido por la Alcaldía de Panamá podrán operar hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, en las siguientes fechas:
3, 4 y 5 de noviembre; 9, 27 y 28 de noviembre; 7 de diciembre; así como el 24 y 31 de diciembre de 2025.
El mismo horario aplicará para eventos con permisos especiales de carácter comercial, recreativo o social que incluyan el uso de equipos de sonido o audio.
Sin embargo, se exceptuará de aquel horario a aquellos establecimientos que cumplan con los artículos 2 y 3 del Decreto Alcaldicio N°012 de 23 de diciembre de 2024.
La Policía Municipal, junto con inspectores municipales y jueces comunitarios, será la encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones del decreto, contando con el apoyo de la Fuerza Pública cuando sea necesario.
Este Decreto comenzó a regir desde su promulgación.









