Otras cuatro demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, por la cual se aprobó el contrato celebrado entre el Estado panameño y una empresa minera, fueron admitidas por magistradas sustanciadoras del Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Este martes, las magistradas admitieron dos demandas de inconstitucionalidad, una presentada por un grupo de 13 profesionales del derecho, y la otra por la firma forense Estudio Jurídico Cedeño, acción similar fue efectuadas ayer lunes, pero por solicitudes hechas por los abogados Ernesto Cedeño Alvarado y Roberto Ruiz Díaz.
En todos los casos, las magistradas sustanciadoras corrieron traslado al procurador de la Administración y al procurador general de la Nación, respectivamente, para que en un término no mayor de diez (10) días hábiles ambos emitan sus conceptos.
Sobre este tipo de procesos, el artículo 2564 del Código Judicial establece que una vez devuelto el expediente con el concepto del procurador, se publicará un edicto por tres (3) días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la última publicación, el demandante y todas las personas interesadas en el caso presenten sus argumentos por escrito, a través de un abogado.
La norma también fija que una vez que venza el término anterior, el magistrado sustanciador examinará todos los escritos que se hayan presentado y procederá a confeccionar un proyecto de decisión que pondrá a consideración de las magistradas y los magistrados que conforman la Corte Suprema de Justicia, quienes podrán presentar observaciones y consideraciones que serán analizadas en sesión del Pleno.
Tan solo el pasado viernes, el magistrado sustanciador Olmedo Arrocha, admitió una segunda demanda de inconstitucionalidad en contra del contrato minero, mientras que el despacho de la presidenta del Órgano Judicial de Panamá, María Eugenia López, admitió la primera.