Graves faltas a las normas ambientales y una potencial afectación al ecosistema marino costero fueron detectadas por el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) en la construcción de colector de aguas pluviales y sanitarias por parte de un proyecto hotelero ubicado en Playa Bijao, distrito de Antón, provincia de Coclé.
Debido a ello, el MiAmbiente ordenó la paralización inmediata de los trabajos, los cuales no tenían autorización para obras en cauce ni tampoco una concesión para la descarga de aguas residuales.
Marilyn García Paredes, directora nacional de Verificación del Desempeño Ambiental (DIVEDA) de MiAmbiente, dijo que durante la inspección se identificaron intervenciones con capacidad de alterar el comportamiento natural del cauce, generar procesos de erosión y sedimentación, así como afectar la calidad del agua.
Agregó que ello pudo ser acreditado gracias a muestreos de agua y evaluaciones de campo, lo que deja en evidencia posibles incidencias sobre el ecosistema marino-costero de Playa Bijao.
"La protección de los recursos naturales exige que toda obra o actividad que intervenga un cauce o realice descargas de aguas residuales cumpla con los requisitos establecidos en la legislación ambiental", advirtió la funcionaria.
Paredes añadió que, aun cuando se ordenó la suspensión inmediata de todos los trabajos, el responsable de la obra puede presentar la solicitud de concesión para la descarga de aguas residuales. Para acreditar el inicio de ese proceso, la entidad otorgó un plazo de 24 horas.
Dijo además que la institución está en capacidad de accionar las medidas contempladas en el artículo 23 del Decreto Ejecutivo N.º 3 de 2026, entre ellas el taponamiento de la tubería utilizada para la descarga ilegal.
Ello sumado a las sanciones establecidas por la normativa vigente en caso de comprobar la continuidad de los trabajos o descargas no autorizadas.
No seguir una orden de paralización es un desacato a un acto administrativo de la autoridad ambiental. Esto permite tomar medidas como suspender la obra de forma definitiva y demolerla, después de completar el proceso administrativo.
De igual manera, cuando los hechos puedan revestir carácter delictivo, las actuaciones podrán ser remitidas a las autoridades competentes para que evalúen las posibles responsabilidades penales correspondientes.









