Se acabó el relajo contra el ambiente. La Policía se encuentra en la búsqueda de los infractores que atentan contra el medioambiente y la vida silvestre en Panamá.
Para el mayor Alberto Mejía, jefe de la División de Delito contra el Medioambiente, en estos momentos se encuentran trabajando de manera estrecha con la Policía Ambiental, Rural y Turística para frenar los delitos contra los recursos naturales, la vida silvestre, tramitación, aprobación y cumplimiento urbanístico territorial y los delitos contra los animales domésticos.
Según Mejía, entre los casos más comunes en cuanto al abuso de los recursos naturales está la tala indiscriminada del cocobolo, un árbol muy codiciado.
Actualmente para ayudar y frenar las malas prácticas se reactivó el proyecto de trasabilidad, es decir, la colocación de un chip a cada árbol, para conocer su estado y traslado.
En la vida silvestre se habla de la venta de animales en peligro de extinción como son los huevos de tortuga, sobre todo la Carey. Además de los casos de violencia doméstica animal.
Mejía destacó que actualmente hay dos tipos de sanciones en Panamá, las de tipo administrativas, que se encarga el Ministerio de Ambiente y las penales, que las analiza Atención Primaria del Ministerio Público, por parte de los fiscales. En ambos casos, la división de delito ambiental trabaja como cuerpo auxiliar.
Un gran problema
La actual legislación tiene penas muy bajas, mismas que a veces hasta son sustituidas por trabajo comunitario, señaló Mejía.
En el Código Penal, en el artículo 421, cualquier acto de crueldad, lesión grave o muerte, será sancionado con prisión de hasta 18 meses, pero si la infracción es menor como una soga corta, poca agua o alimento, un juez de paz ve los casos y se abren las carpetillas para investigación.
Las denuncias pueden hacerse a través de la línea 311 del Centro de Atención Ciudadana y en las casas de paz de la comunidad.
18
A 24 meses de prisión por sanciones de delitos graves
1439
Infracciones recogidas en el MIDA del 2014 al 2018.
6
Años de prisión por delito contra recursos naturales.
Toda la vida silvestre sacada del hábitad es ilegal, por lo tanto, el Ministerio de Ambiente puede decomisar la especie. No se puede tener en casa un mono Tití ni guacamayas. Las empresas pueden vender el animal, siempre y cuando sea criado en cautiverio.