Rigoberto González, procurador de la administración, a través de una carta esclareció que los miembros de la junta directiva de la Caja de Ahorros CA no revisten el carácter de servidores públicos, sino de particulares que ejercen una función pública en calidad de agente de manejo.
El artículo 14 de la Ley 52 de 2000, que reorganiza la Caja de Ahorros en concordancia con el artículo 5 de la misma, afirma que dicho colegiado decide sobre manejo, inversión, autorización y control de fondos y bienes públicos.
Sin embargo, la fiscal primera anticorrupción, Tania Sterling, continúa con las investigaciones por el presunto peculado de uso en la CA por el préstamo de 7 millones de dólares a favor del consorcio HPC Contratas-P&V, y mantiene bajo detención preventiva al expresidente de la directiva del banco Francolini y al exgerente general Jayson Pastor.
El abogado y exviceministro de Gobierno Alejandro Pérez, en su momento, había advertido que la fiscal Sterling está actuando por venganza, lo cual denota la persecución política que existe en contra de Francolini y Pastor, esto, en referencia a los cambios de medida cautelar de país por cárcel a Ricardo Arango Pezet, quien también ejerció como directivo del banco.
"Claro que hay vínculos en un proceso que puede denominarse como una aberración jurídica porque nunca hubo peculado de uso", declaró.
El jurista también explicó que Francolini "no solamente está detenido por ser directivo de una televisora que informa los actos de corrupción del Gobierno, sino que además están presionando para que NEX venda sus acciones y cambiar su línea editorial".
El empresario Francolini está bajo medida de detención preventiva desde el 12 de octubre del año pasado, permaneció unos meses en la sede de la Dirección de Investigación Judicial DIJ, y en enero fue trasladado al centro penitenciario El Renacer, donde espera que se le haga el cambio de medida cautelar, como lo ha solicitado su defensa.
La selectividad en este caso no ha sido la única en ser denunciada por los opositores, sino en otros procesos que se llevan a cabo en contra de allegados y funcionarios de la administración del presidente Ricardo Martinelli.
Tras la renuncia de Álvaro Tomas, Eduardo García de Paredes y Paul Leignadier, miembros de la junta directiva de la CA en la nueva administración, la gerente general encargada de este banco, Paola Domínguez, solicitó al procurador de la administración su opinión sobre si estos deberían permanecer en sus puestos de trabajo hasta que se nombren a los nuevos directivos.
Ante esta solicitud, el procurador dijo que de acuerdo con la Procuraduría, los miembros de entes colegiados no pueden abandonar las funciones asignadas porque lo que se está delegando es la función pública, la cual no puede quedar sin un responsable de su cumplimiento.
"En nuestro ordenamiento jurídico, este principio está contenido en el artículo 793 del Código Administrativo, el cual es perfectamente aplicable a los miembros de los entes colegiados que por destinación legal deben cumplir con una función pública, mecanismo de control que busca evitar que se produzca la falta absoluta de quien ejerza el cargo", sostuvo.
El artículo 793 señala que "ningún empleado administrativo dejará de funcionar, aunque su periodo haya transcurrido, sino luego de que se presente a reemplazarlo el que haya sido nombrado al efecto, o el suplente respectivo".
En tanto, el artículo 12 de la Ley 52 de 2000, que reorganiza la Caja de Ahorros, prevé que el periodo de funciones del gerente general, del subgerente y de los directores principales y suplentes de las juntas directivas, los cuales podrán ser reelectos en sus cargos, será de cinco años, concurrente con cada periodo presidencial correspondiente al Órgano Ejecutivo realizar los nombramientos necesarios para llenar las vacantes que se produzcan por el resto del lapso de gestión.
- El Proceso se puede catalogar como una aberración jurídica porque nunca hubo peculado de uso.