La Audiencia Nacional ha dado la razón a la cantante Shakira en su último litigio en España, al anular la multa impuesta por la tributación del ejercicio de 2011, en una sentencia en la que insta a Hacienda a devolverle alrededor de 60 millones de euros.
El tribunal ha estimado el recurso de la artista contra la resolución de la Agencia Tributaria y el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre el Patrimonio de 2011.
En su sentencia, contra la que cabe recurso, la Sala anula las liquidaciones y sanciones impuestas a la cantante al considerar que la Administración no ha acreditado que esta permaneciera en 2011 en España más de 183 días, como exige la ley a la hora de convertir a un contribuyente en residente fiscal en el país.
«Nunca hubo fraude, y la propia Administración nunca pudo demostrar lo contrario, sencillamente, porque no era cierto», ha manifestado la cantante en declaraciones remitidas a los medios por su equipo legal, del despacho Prada Tax Advisor.
El caso, que se ha dirimido por la vía administrativa, se circunscribe a una cantidad de algo más de 55 millones de euros reclamados a la cantante, si bien su equipo cifra en más de 60 millones la cantidad que debe devolverle Hacienda al sumar los intereses y el pago de costas.
Se trata, según anuncia en un comunicado la agencia de comunicación Llorente y Cuenca, que representa a Shakira, de la última cuenta pendiente que tenía la artista en España tras ocho años de disputa.
Ahora bien, la sentencia puede ser recurrida al Tribunal Supremo, y fuentes de la Agencia Tributaria, que recuerdan que Shakira ya aceptó en conformidad las condenas por delitos contra Hacienda para los años 2012-2014, han informado a EFE de que la recurrirán.
Hace unos días, un juzgado de Barcelona archivó la segunda causa penal que Shakira tenía abierta por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7 millones de dólares) en 2018, después de que la Fiscalía y las demás acusaciones así lo pidieran, aunque remitieron a la cantante a la vía administrativa para que se pusiera al corriente con el organismo fiscal.
Años antes, en 2024, Shakira aceptó una multa de 7,8 millones de euros al reconocer ante un tribunal que defraudó 14,5 millones a Hacienda entre 2012 y 2014, gracias a un pacto con la acusación que le evitó la prisión y le ahorró un largo juicio.
La cantante no residía en España en 2011
En este caso, la Agencia Tributaria actuó contra Shakira al considerar que no había tributado por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio en 2011 al alegar que residía fuera de España, cuando, según Hacienda, sí era residente fiscal en este país y, por tanto, estaba obligada.
Dónde vivió la cantante colombiana ese año ha sido el principal objeto de análisis de la sección cuarta de lo Contencioso de la Audiencia, que ha concluido que «no ha quedado acreditado» que Shakira tuviese su domicilio fiscal en España.
Por tanto, para el tribunal «es obvio que las liquidaciones» y consiguientes sanciones impuestas por ello «son contrarias a Derecho».
La Sala entiende que la estancia en España de la cantante fue de 163 días y no de más de 183, como exige la ley a efectos de tributación, y asegura que la Administración no ha probado que Shakira tuviera el núcleo de intereses económicos en España o relaciones familiares con residentes en el país.
Ante la afirmación de la Administración de que Shakira tenía una relación sentimental con un residente español (el exfutbolista Gerard Piqué), el tribunal explica que en 2011 no existía «vínculo conyugal», ni tampoco «hijos menores» residentes en España. Es decir, «no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera».
La Agencia Tributaria también analizó si la cantante residía en efecto en Bahamas, si bien el tribunal señala que el hecho de que «Bahamas sea o no un paraíso fiscal en 2011 es irrelevante, porque la recurrente ha probado la permanencia de al menos 183 fuera de España».
Y recuerda asimismo que la situación que ha analizado se enmarca en el 2011, y que los cambios producidos en ejercicios posteriores no afectan a este litigio.
Tras conocer la sentencia, la cantante ha deseado que esta «siente un precedente para Hacienda» y ha lamentado el «señalamiento público» sufrido y que se le tratase «como culpable», según el comunicado.
Su abogado, José Luis Prada, ha cargado contra el «modus operandi» de Hacienda, que «asfixia a muchos contribuyentes anónimos que no disponen de los recursos para defenderse» y ha celebrado que la Justicia funcione «de verdad» frente a «posiciones administrativas inaceptables».









